Art. 5º - Podrán ser socios de esta asociación todos los padres o tutores de los alumnos siempre y cuando sean mayores de edad.
Art. 8º - El censo de asociados se confeccionará anualmente en el mes de Octubre y continuarán siéndolo quienes no manifiesten lo contrario, siempre que sus hijos sigan los estudios en este centro.
Art. 9º - El socio perderá su condición de tal en el momento en que deja de tener matriculados hijos en el centro o por libre decisión que comunicará por escrito a la Junta Directiva.
Art. 10º - Son deberes de los asociados:
Art. 11º - Son derechos de los asociados:
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